18/12/2024

El profesorado que viniendo de otra comunidad autónoma haya obtenido plaza en la Comunidad Canaria podrá optar voluntariamente , a mantenerse en los destinos que ocupan actualmente, mediante la autorización de comisiones de servicios intercomunitarias, en aquellos casos en que se cumplan las condiciones para ello y hasta la finalización del curso escolar, lo que en ningún caso generará derechos para cursos sucesivos, debiendo incorporarse a sus destinos provisionales a fecha 1 de septiembre de 2025 en esta Comunidad Autónoma. En caso de que excepcionalmente se autorice comisión de servicios a personal docente que no ocupe plaza hasta final del curso 2024/2025, deberá cesar con la incorporación del titular e incorporarse al destino que se le ofrezca en Canarias.

Para ello dispondrá de un enlace en la página web de la Consejería para que, quienes obtengan plaza en esta Comunidad Autónoma, soliciten comisión de servicios en la Comunidad Autónoma de que se trate, mediante la cumplimentación del formulario habilitado al efecto, que será trasladada a los órganos de personal de cada Comunidad Autónoma para su toma en consideración y aprobación, de resultar favorable.

Por otro lado, quienes se encuentren prestando servicios en un Cuerpo docente distinto al que hubieran obtenido en la Comunidad Autónoma de Canarias, podrán solicitar, en el mismo enlace dispuesto en la página web de la Consejería, excedencia por prestación de servicios en el sector público (excedencia por incompatibilidad) independientemente de la condición de funcionario de carrera o interino, conforme a lo que prevé la normativa de Función Pública Canaria (Ley 2/1987, de 30 de marzo):

Asimismo, se podrá solicitar la declaración en las distintas situaciones administrativas que pudieran dar lugar conforme a la normativa vigente (excedencia por el cuidado de hijos o familiares a cargo, agrupamiento familiar, excedencia voluntaria por interés particular, situación de servicios especiales, licencias por asuntos propios, entre otras).

De declararse en alguna de estas situaciones a las personas que lo soliciten, se producirá el reingreso en la Comunidad Autónoma de Canarias mediante la participación en la convocatoria de adjudicación de destinos provisionales para el curso 2025-2026 y su incorporación el 1 de septiembre de 2025 en el destino obtenido. En el mismo procedimiento deberán participar quienes permanezcan en otra Comunidad Autónoma en comisión de servicios.

En relación con el personal interino que se encuentra nombrado en la Comunidad Autónoma de Canarias, tras su nombramiento en la fecha citada, mantendrán el destino desempeñado con el nuevo vínculo administrativo.

Por último, a quienes no se encuentren prestando servicios en la actualidad se les asignará destino con posterioridad a la publicación de la Resolución por la que resulten seleccionados.

A los efectos de solicitar las citadas comisiones de servicio o las distintas situaciones administrativas señaladas en la presente comunicación, se ha dispuesto un enlace en la página web de la Consejería, al que se podrá acceder desde hoy, 16 de diciembre y hasta el próximo 24 de diciembre de 2024.

ENLACE HABILITADO PARA EJERCER LA OPCIÓN O LA RENUNCIA (del 13 al 19 de diciembre de 2024), SOLICITAR COMISIÓN DE SERVICIOS Y EXCEDENCIAS. (del 16 al 24 de diciembre de 2024).

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