Se modifica la orden de 19 de julio de 2013 por la que se determinan los supuestos excepcionales que dan derecho a que se complementen las prestaciones económicas de incapacidad temporal hasta la totalidad de las retribuciones.
Las enfermedades que tendrán derecho al 100% son: gripe, lumbago, migraña crónica, síndrome de vértigo.
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